Con la aprobación del nuevo proyecto, se abren interrogantes sobre cuál será el tratamiento y el destino de los dólares denominados “cara chica” en el marco de la Ley de Inocencia Fiscal, a la espera de la promulgación oficial que permita conocer con mayor precisión su alcance y aplicación práctica.

La reciente aprobación de la Ley de Inocencia Fiscal, junto con la prórroga indefinida para el canje de billetes estadounidenses antiguos o deteriorados, conocidos como “cara chica”, abrió un escenario de dudas para quienes poseen este tipo de dólares fuera del sistema financiero. La combinación de ambas medidas genera interrogantes sobre su aceptación futura y el tratamiento que recibirán en el marco de las normas vigentes.

De acuerdo con información relevada, la sanción de la ley también despertó inquietudes en el sistema bancario, ante la posibilidad de que las entidades se muestren reticentes a recibir dólares no declarados por la aplicación de regulaciones antilavado y antievasión. Si bien el Banco Central modificó la normativa para el recambio de estos billetes y eliminó plazos límite para su depósito, la coexistencia con la nueva ley plantea un escenario todavía poco claro, más aún teniendo en cuenta que la norma aún no fue promulgada oficialmente.

En paralelo, el mecanismo de canje de dólares “cara chica”, vigente desde 2024, continúa habilitado bajo determinadas condiciones, como la identificación de la denominación y de las medidas de seguridad del billete. Mientras se espera la entrada en vigencia formal de la ley, el Banco Nación confirmó que aceptará este tipo de dólares sin distinción por diseño o antigüedad, lo que aporta algo de previsibilidad para los ahorristas, aunque persisten dudas sobre el alcance real del nuevo régimen fiscal.

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