El Poder Ejecutivo concluyó la redacción definitiva del proyecto, una iniciativa que introduce modificaciones profundas en el régimen de empleo y que fue objeto de intensas discusiones durante los últimos meses en el marco del Consejo de Mayo. Tras las rondas de negociación con representantes sindicales, empresariales y distintos sectores políticos, el Gobierno delineó los puntos centrales que serán enviados al Congreso para su debate.


La Casa Rosada plantea que el proyecto busca modernizar el régimen laboral argentino mediante reglas claras y previsibles que reduzcan la judicialización y permitan relaciones de trabajo más dinámicas y acordes con las necesidades productivas actuales. Según el Gobierno, la iniciativa apunta a bajar costos laborales, fomentar la creación y formalización del empleo, atraer inversiones y alivianar cargas administrativas para empleadores y trabajadores. Entre las principales modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo, el texto elimina la “justicia social” como criterio interpretativo, otorga carácter de cosa juzgada a los acuerdos conciliatorios homologados y prohíbe la aplicación analógica de los convenios colectivos. También incorpora cambios en la registración laboral y limita la participación gremial en ciertos casos, como la prohibición de que trabajadores eventuales ocupen cargos sindicales.
La propuesta redefine conceptos remunerativos con el fin de reducir conflictos sobre qué ítems integran las indemnizaciones. Los beneficios sociales dejan de considerarse salario en especie, no generan aportes y se limitan a servicios como comedor o medicina prepaga. Además, se aclara que las propinas no son remunerativas y se habilita que el sueldo pueda pagarse en moneda nacional o extranjera. En cuanto a licencias y organización del trabajo, se permite fraccionar las vacaciones en períodos no menores a siete días, crear bancos de horas voluntarios y endurecer los requisitos para justificar ausencias por enfermedad. También se establece que, ante una incapacidad permanente, el empleador deberá conservar el puesto aunque podrá adecuar el salario. Asimismo, se elimina la reserva de empleo para cargos electivos, se suprime el preaviso en el período de prueba y se introduce la posibilidad de extinguir el contrato por falta de manifestación de continuidad en plazos determinados.
En materia indemnizatoria, se mantiene la regla general de un mes de sueldo por cada año de servicio en despidos sin causa, pero se precisan criterios para definir remuneración, habitualidad y normalidad de los conceptos salariales, con el objetivo de otorgar mayor certidumbre jurídica. El proyecto crea además los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), financiados por una contribución obligatoria del 3% destinada a afrontar indemnizaciones y acompañados de una reducción en las cargas patronales destinadas al SIPA. Para el servicio doméstico se amplía el período de prueba a seis meses y se digitalizan los recibos, mientras que para repartidores y mensajeros que trabajan vía apps se establece un nuevo régimen con obligaciones —como inscripción en ARCA, aportes y cumplimiento de normas de tránsito— y derechos específicos, incluyendo rechazar pedidos sin justificación, recibir fundamentos ante bloqueos, acceder a datos de la plataforma y cobrar el 100% de las propinas.
En lo referido a convenios colectivos, la reforma elimina la ultraactividad: una vez vencido un convenio, solo subsisten las cláusulas normativas hasta que se firme uno nuevo. Asimismo, se modifica la prelación de los convenios, dando prioridad a los de ámbito menor por sobre los de alcance general. En cuanto a la actividad sindical, se exige autorización previa para realizar asambleas dentro del establecimiento, se clasifican como faltas muy graves los bloqueos y tomas, se simplifica el trámite para obtener personería gremial en sindicatos de empresa, se reduce el crédito horario de los delegados y se precisa el alcance de la tutela sindical. Para incentivar la creación de empleo, se propone el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que por un año otorgará alícuotas reducidas en contribuciones patronales para nuevos trabajadores que cumplan determinados requisitos y que representen un aumento neto de la nómina.
Por último, el proyecto incorpora beneficios para el empleo ya registrado. Desde la promulgación de la ley, las contribuciones patronales comenzarán a disminuir: el aporte para obras sociales bajará de 6% a 5%, y las cargas generales del 20,40% a 17,40% en empresas de servicios y comercio de mayor facturación; y del 18% al 15% en el resto del sector privado. También se suma un aporte del 3% sobre remuneraciones al SIPA. Para promover la regularización laboral, se prevé la posibilidad de blanquear relaciones no declaradas extinguiendo sanciones y deudas, aplicar condonaciones parciales de capital e intereses, y otorgar reconocimiento previsional de hasta 60 meses a trabajadores que sean incorporados formalmente al sistema.

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